Cómo se calcula el coste laboral de un trabajador en España

Cifras comprobadas con el BOE el .

El coste laboral de un trabajador es la suma de todo lo que la empresa desembolsa por tenerlo contratado. En España se compone de dos bloques bien diferenciados: el salario bruto pactado en el contrato y la cuota patronal de la Seguridad Social, que se calcula aplicando unos tipos porcentuales sobre una base de cotización. Esta guía explica el mecanismo completo, con las cifras de 2026 y un ejemplo numérico que puedes seguir con la calculadora abierta al lado.

Los dos bloques del coste

El salario bruto es la parte visible: lo que aparece en el contrato y en la nómina antes de descuentos. De ese bruto se restan las cotizaciones del trabajador y la retención de IRPF para obtener el neto, pero esos descuentos no son un coste adicional para la empresa: salen del propio salario.

La cuota patronal sí es dinero nuevo. La empresa la ingresa cada mes en la Tesorería General de la Seguridad Social junto con las cuotas del trabajador que ha retenido. En 2026, para un contrato indefinido de una actividad con el tipo mínimo de accidentes de trabajo, esa cuota asciende al 32,15 % de la base de cotización.

La fórmula

  1. Retribución mensual = salario bruto anual ÷ 12 (las pagas extra se prorratean a efectos de cotización, aunque se abonen en dos pagos).
  2. Base de cotización = retribución mensual limitada entre la base mínima (1.424,40 €) y la base máxima (5.101,20 €) de 2026.
  3. Cuota mensual = base × suma de los tipos aplicables.
  4. Cuota de solidaridad = si la retribución mensual supera la base máxima, la diferencia cotiza aparte por tramos.
  5. Coste anual = salario bruto + 12 × cuota mensual + cuota de solidaridad anual.

Ejemplo completo: 30.000 € brutos

Un trabajador con 30.000 € brutos anuales tiene una retribución mensual prorrateada de 2.500 €, dentro de los límites de base, así que su base de cotización es de 2.500,00 €. Sobre ella se aplican los seis conceptos:

Cuota patronal para una base de 2.500,00 € mensuales.
ConceptoTipoCuota mensualCuota anual
Contingencias comunes23,60 %590,00 €7.080,00 €
Desempleo (contrato indefinido)5,50 %137,50 €1.650,00 €
AT y EP (tarifa de primas)1,50 %37,50 €450,00 €
FOGASA0,20 %5,00 €60,00 €
Formación profesional0,60 %15,00 €180,00 €
MEI0,75 %18,75 €225,00 €
Total a cargo de la empresa32,15 %803,75 €9.645,00 €

El coste total del primer año es de 39.645 €: 9.645 € más que el salario pactado. En términos mensuales, 3.304 €; por hora, con una jornada de ejemplo de 1.780 horas, 22,27 €.

Qué hace variar el resultado

La actividad de la empresa

El único tipo que cambia de una empresa a otra es el de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Va del 1,50 % de las actividades de menor riesgo al 7,15 % de los trabajos en interior de minas, pasando por el 6,70 % de la construcción, según la tarifa de primas vinculada a la CNAE-2025.

El tipo de contrato

Los contratos temporales por circunstancias de la producción cotizan por desempleo al 6,70 % en lugar del 5,50 %; los de sustitución, formativos y de relevo cotizan como un indefinido. Sobre 30.000 € son unos 360 € más al año, a los que se suman la indemnización al terminar y, en contratos de menos de 30 días, una cotización adicional fija. Todo ello lo calcula la calculadora de contrato temporal.

El nivel salarial

Por debajo de la base mínima y por encima de la base máxima el porcentaje efectivo deja de ser constante. La tabla por salario muestra el efecto: el sobrecoste es del 32,15 % en el tramo central y cae en los salarios altos por el tope de cotización.

Las bonificaciones

Determinados contratos y colectivos dan derecho a reducciones de la cuota patronal. Se aplican después del cálculo, restando del importe a ingresar. Consulta la guía de bonificaciones.

Errores frecuentes al estimar el coste

  • Confundir el neto con el coste. El IRPF y las cuotas del trabajador salen del bruto, no se suman al coste de la empresa.
  • Aplicar el mismo porcentaje a cualquier salario. El 32,15 % deja de ser cierto por encima de 61.214 € anuales.
  • Olvidar el prorrateo de pagas extra. La base mensual se calcula con las pagas incluidas, aunque se cobren en junio y diciembre.
  • Usar un tipo de accidentes de trabajo que no es el de la empresa. Depende de su código CNAE-2025 y, para algunas ocupaciones, del puesto.
  • Ignorar la indemnización. En los contratos temporales, los doce días por año trabajado son un coste cierto que no cotiza.
  • Presupuestar por hora con el bruto. Usa el coste por hora, no el salario dividido entre las horas.

Qué queda fuera del cálculo de cotizaciones

Hay costes reales de tener a alguien contratado que no pasan por la Seguridad Social: equipo y puesto de trabajo, licencias de software, formación obligatoria en prevención de riesgos, reconocimientos médicos, ropa de trabajo, dietas y kilometraje o seguros colectivos. Varían mucho de un puesto a otro, así que conviene sumar los tuyos: la calculadora de coste por hora tiene un campo para ello.

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Fuentes y última comprobación

  • Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE-A-2026-7296): normas de cotización para 2026: bases máxima y mínimas (arts. 2 y 3), contingencias comunes (art. 4), horas extraordinarias (art. 5), MEI (art. 16), cuota de solidaridad (art. 17), cotización adicional de los contratos de menos de 30 días (art. 28) y desempleo, FOGASA y formación profesional (art. 33).
  • Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE-A-2026-2548): incorpora a la Ley General de la Seguridad Social la disposición adicional 61.ª, con la tarifa de primas de AT y EP adaptada a la CNAE-2025 desde el 1 de enero de 2026, y la disposición transitoria 45.ª sobre la comunicación del código CNAE-2025.
  • Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE-A-2026-3815): salario mínimo interprofesional para 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año).

Cifras comprobadas con el texto publicado en el BOE el .