Estos son los tipos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social vigentes en 2026, según la Orden PJC/297/2026. Se aplican sobre la base de cotización mensual, no sobre el salario bruto directamente, y a ellos hay que añadir el tipo de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que depende de la actividad de la empresa.
| Concepto | Empresa | Trabajador | Total | Notas |
|---|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % | Pensiones, incapacidad temporal por enfermedad común y nacimiento y cuidado de menor. |
| Desempleo, contrato indefinido | 5,50 % | 1,55 % | 7,05 % | También sustitución, formativos, relevo y personas con discapacidad igual o superior al 33 %. |
| Desempleo, resto de contratos de duración determinada | 6,70 % | 1,60 % | 8,30 % | 1,20 puntos más a cargo de la empresa. |
| FOGASA | 0,20 % | — | 0,20 % | Fondo de Garantía Salarial. Solo cotiza la empresa. |
| Formación profesional | 0,60 % | 0,10 % | 0,70 % | Financia la formación para el empleo. |
| MEI | 0,75 % | 0,15 % | 0,90 % | Mecanismo de Equidad Intergeneracional, con subida anual fijada por ley. |
El tipo total en el caso más habitual
Para un contrato indefinido con el tipo mínimo de accidentes de trabajo, la suma a cargo de la empresa es del 32,15 %: 23,60 % de contingencias comunes, 5,50 % de desempleo, 1,50 % de accidentes de trabajo, 0,20 % de FOGASA, 0,60 % de formación profesional y 0,75 % del MEI. El trabajador soporta un 6,50 % adicional, que se le descuenta de la nómina y no supone coste para la empresa.
En el extremo contrario, un contrato temporal por circunstancias de la producción en una actividad con el tipo más alto de la tarifa (7,15 %) lleva la cuota de la empresa al 39,00 %.
Concepto a concepto
Contingencias comunes
Es con diferencia el concepto más pesado: 23,60 % de los 32,15 % que paga la empresa en el caso habitual. Financia las pensiones contributivas, la incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, y las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor.
Desempleo
Es el único concepto en el que la modalidad de contrato cambia la cuota. El tipo bajo, 5,50 % para la empresa, no es solo de los indefinidos: el artículo 33 de la orden lo aplica también a los contratos de sustitución, formativos y de relevo y a cualquier contrato con una persona con discapacidad igual o superior al 33 %. El tipo alto, 6,70 %, queda para el resto de contratos de duración determinada, que en la práctica son los de circunstancias de la producción. Esa diferencia explica el sobrecoste que calcula la calculadora de contrato temporal.
FOGASA
Un 0,20 % exclusivo de la empresa que financia el fondo que responde de salarios e indemnizaciones pendientes cuando el empleador es insolvente o entra en concurso.
Formación profesional
Genera el crédito anual de formación bonificada que las empresas pueden aplicar en sus seguros sociales.
MEI
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional se aplica desde 2023 y su recaudación va al Fondo de Reserva de la Seguridad Social. El Real Decreto-ley 2/2023 fijó una subida anual: en 2026 es del 0,90 % total, del que 0,75 % corresponde a la empresa y 0,15 % al trabajador.
Horas extraordinarias
La retribución de las horas extra cotiza aparte, con tipos propios (artículo 5 de la orden):
- Por fuerza mayor: 14,00 % en total, 12,00 % a cargo de la empresa y 2,00 % del trabajador.
- El resto: 28,30 % en total, 23,60 % a cargo de la empresa y 4,70 % del trabajador.
La calculadora no las incluye, porque dependen de cuántas se hagan y de su causa.
Qué no aparece en esta tabla
- La cuota de solidaridad, que solo afecta a la parte del salario que supera la base máxima.
- La cotización adicional fija de los contratos de menos de 30 días, 33,62 € en 2026.
- Los sistemas especiales (agrario, empleados de hogar) y los regímenes distintos del General, como el de los trabajadores autónomos.
- Las bonificaciones y reducciones, que restan de la cuota resultante.
Puedes ver el efecto de estos tipos sobre cualquier salario en la calculadora o consultar el resultado ya hecho en la tabla de costes por salario.