De todos los conceptos de la cuota patronal, solo uno cambia de una empresa a otra: el tipo de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. No lo elige la empresa, sino que viene determinado por su actividad económica según la tarifa de primas recogida en la disposición adicional cuarta de la Ley General de la Seguridad Social.
Qué cambió en 2026
Desde el 1 de enero de 2026 la tarifa está adaptada a la CNAE-2025, la nueva clasificación nacional de actividades económicas, que sustituye a las referencias basadas en la CNAE-2009. En la práctica, muchas empresas han visto cambiar su código de actividad sin que su negocio haya cambiado, y con él, su tipo de cotización. Si el código CNAE-2025 no consta comunicado a la Tesorería, se aplica por defecto el tipo más alto que corresponda.
Cómo se estructura la tarifa
- Cuadro I: tipos por actividad económica. Es el que se aplica con carácter general a toda la plantilla del código de cuenta de cotización.
- Cuadro II: tipos por ocupación, con independencia de la actividad de la empresa. Se aplica a determinados puestos —personal de oficina, comerciales, conductores, personal de seguridad— aunque la empresa se dedique a otra cosa.
El tipo mínimo de la tarifa es del 1,50 % y el máximo llega al 6,70 % en las actividades de mayor siniestralidad. Cada prima se descompone en dos partes: incapacidad temporal (IT) e incapacidad permanente, muerte y supervivencia (IMS); a efectos de coste, lo relevante es el total.
| Actividad u ocupación | Tipo total | Origen |
|---|---|---|
| Oficinas y despachos (personal exclusivo de oficina) | 1,50 % | Cuadro II, por ocupación |
| Servicios de alojamiento | 1,50 % | Cuadro I, por actividad |
| Educación | 1,50 % | Cuadro I, por actividad |
| Representantes de comercio | 2,00 % | Cuadro II, por ocupación |
| Personal de seguridad y vigilancia | 3,60 % | Cuadro II, por ocupación |
| Construcción de edificios y obra civil | 6,70 % | Cuadro I, por actividad |
| Conductores de camión | 6,70 % | Cuadro II, por ocupación |
Cuánto cambia el coste según el tipo
Sobre un salario de 30.000 € brutos anuales con contrato indefinido, el efecto es este:
| Supuesto | Tipo AT y EP | Cuota anual empresa | Coste total anual |
|---|---|---|---|
| Tipo mínimo | 1,50 % | 9.645 € | 39.645 € |
| Representantes de comercio | 2,00 % | 9.795 € | 39.795 € |
| Seguridad y vigilancia | 3,60 % | 10.275 € | 40.275 € |
| Construcción y transporte | 6,70 % | 11.205 € | 41.205 € |
Entre el tipo mínimo y el de construcción hay 1.560 € al año de diferencia por trabajador para el mismo sueldo. En una plantilla de veinte personas son más de treinta mil euros anuales.
Cómo saber el tipo que te corresponde
- Localiza el código CNAE-2025 con el que la empresa figura dada de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social; aparece en el documento de inscripción y en el detalle del código de cuenta de cotización.
- Busca ese código en el cuadro I de la tarifa vigente.
- Comprueba si alguno de tus puestos encaja en el cuadro II: si un trabajador realiza exclusivamente tareas de oficina, su tipo puede ser el 1,50 % aunque la empresa sea industrial.
- Si el resultado no cuadra con lo que estás pagando, contrasta con tu mutua o con la propia Tesorería antes de presentar los seguros sociales.
Bonus por reducción de la siniestralidad
Las empresas que reducen de forma efectiva la siniestralidad laboral y cumplen determinados requisitos de prevención pueden solicitar un incentivo económico que devuelve parte de las cuotas por contingencias profesionales. No modifica el tipo aplicado en la nómina, sino que se percibe después, previa solicitud.
Para calcular tu caso con el tipo exacto, la calculadora principal permite introducir un porcentaje personalizado en el desplegable de actividad.