Bonificaciones a la contratación y reducciones de cuota

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Las bonificaciones y reducciones de cuota no cambian el cálculo del coste: se aplican después, restando del importe que la empresa ingresa cada mes en la Seguridad Social. Por eso la calculadora muestra la cuota íntegra y esta página explica cuánto puede rebajarse.

Cómo funciona el sistema actual

Desde la reforma de los incentivos a la contratación de 2023, la mayoría de las ayudas se articulan como bonificaciones de cuota de importe fijo mensual, y no como porcentajes sobre la base. Eso tiene una consecuencia práctica importante: la bonificación pesa mucho más en los salarios bajos, donde representa un porcentaje elevado de la cuota, que en los altos.

El sistema descansa sobre tres reglas comunes:

  • Requisitos de acceso: estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda, no haber sido excluido del acceso a beneficios por infracciones graves y formalizar por escrito el contrato que da derecho a la ayuda.
  • Obligación de mantenimiento: la persona contratada debe mantenerse en la plantilla durante un periodo mínimo, habitualmente tres años. Incumplirlo obliga a devolver lo bonificado.
  • Incompatibilidades: una misma contratación no puede acumular dos bonificaciones sobre el mismo concepto, y algunas ayudas exigen incremento neto de plantilla.

Colectivos y situaciones que suelen dar derecho a bonificación

  • Contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación o en situación de desempleo de larga duración.
  • Contratación de personas con discapacidad, en los términos y cuantías específicas de ese colectivo.
  • Conversión en indefinidos de contratos formativos, de relevo y de sustitución.
  • Contratos de formación en alternancia y contratos formativos para la obtención de práctica profesional.
  • Sustitución de personas trabajadoras en situaciones protegidas: nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo o la lactancia.
  • Contratación de víctimas de violencia de género, de terrorismo o de personas en situación de exclusión social, con o sin intervención de empresas de inserción.
  • Transformación de contratos temporales en indefinidos en sectores y supuestos concretos.

Las cuantías concretas y la lista de supuestos se actualizan con frecuencia. Antes de presupuestar una contratación contando con una bonificación, verifica el importe vigente en la sede electrónica de la Seguridad Social o con tu gestoría: aquí explicamos el mecanismo, no sustituimos la norma aplicable en el momento de firmar.

Cómo estimar el ahorro

  1. Calcula la cuota patronal íntegra con la calculadora.
  2. Comprueba el importe mensual bonificado que corresponde al contrato y multiplícalo por los meses de duración de la ayuda.
  3. Réstalo de la cuota anual: el salario bruto no cambia, solo baja la cuota.
  4. Comprueba que el ahorro compensa el compromiso de mantenimiento del empleo, que es un coste contingente real si la relación se rompe antes de tiempo.

Ejemplo de orden de magnitud: sobre un salario de 24.000 € brutos, la cuota patronal anual es de 7.716 €. Una bonificación de 100 € al mes durante tres años reduce esa cuota en 1.200 € al año, alrededor de un 16 % de la cotización.

Otras vías de ahorro que no son bonificaciones

  • El crédito de formación generado por la cuota de formación profesional, que permite bonificar acciones formativas en los seguros sociales del mes.
  • El bonus por siniestralidad de las contingencias profesionales, explicado en la guía de la tarifa de primas.
  • La retribución flexible (comedor, transporte, guardería, seguro de salud) que, dentro de los límites legales, tiene un tratamiento distinto en cotización e IRPF.

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Fuentes y última revisión

  • Orden de cotización a la Seguridad Social para 2026 (bases, tipos y cuota de solidaridad).
  • Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), disposición adicional cuarta: tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, adaptada a la CNAE-2025.
  • Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € anuales).

Datos revisados el con los tipos y bases vigentes en 2026.