Bases de cotización a la Seguridad Social en 2026

Cifras comprobadas con el BOE el .

La base de cotización es el importe sobre el que se aplican los tipos de cotización. No coincide necesariamente con el salario: está limitada por arriba y por abajo, e incluye conceptos que a veces se olvidan.

Base mínima y base máxima en 2026

La base máxima del Régimen General es de 5.101,20 € al mes desde el 1 de enero de 2026, la misma para todos los grupos de cotización (artículo 2 de la Orden PJC/297/2026). La base mínima depende del grupo, que corresponde a la categoría profesional (artículo 3):

Bases de cotización por contingencias comunes en 2026.
Grupo de cotizaciónBase mínima Base máximaUnidad
Grupo 11.989,30 €5.101,20 €€ al mes
Grupo 21.649,70 €5.101,20 €€ al mes
Grupo 31.435,20 €5.101,20 €€ al mes
Grupo 4 a 71.424,40 €5.101,20 €€ al mes
Grupo 8 a 1147,48 €170,04 €€ al día

Los grupos 8 a 11 cotizan por días: 47,48 € diarios equivalen a 1.424,40 € en un mes de treinta días, la misma cifra que los grupos 4 a 7.

La calculadora aplica la base mínima de los grupos 4 a 11, 1.424,40 €. Si la persona está en el grupo 1, 2 o 3 y su salario mensual no llega a la base mínima de su grupo, la base real es mayor y la cuota, algo superior. Con salarios por encima de 1.989,30 € al mes la diferencia desaparece.

Cómo se forma la base

La base de contingencias comunes de un mes es la remuneración total devengada, con dos ajustes: se añade la parte proporcional de las pagas extraordinarias y de cualquier retribución de vencimiento superior al mes, y se excluyen determinados conceptos no computables, como las indemnizaciones por traslado o despido dentro de los límites legales.

Por eso una calculadora que trabaje con el bruto anual y lo divida entre doce llega al mismo resultado que una nómina con pagas prorrateadas: el prorrateo es obligatorio a efectos de cotización, se pague la extra en junio o no.

Efecto de los topes, salario a salario

Base de cotización mensual resultante en 2026, grupos 4 a 11.
Salario bruto anualRetribución mensual Base aplicadaSituación
17.094 €1.424,50 €1.424,50 €Retribución real
24.000 €2.000,00 €2.000,00 €Retribución real
30.000 €2.500,00 €2.500,00 €Retribución real
50.000 €4.166,67 €4.166,67 €Retribución real
70.000 €5.833,33 €5.101,20 €Topada en la base máxima
100.000 €8.333,33 €5.101,20 €Topada en la base máxima

El salario mínimo de 2026 da 1.424,50 € al mes con las pagas prorrateadas, diez céntimos por encima de la base mínima, así que cotiza por su retribución real. Cuando la retribución mensual supera la base máxima, el exceso no queda libre de cotización: paga la cuota de solidaridad, con tipos mucho menores.

Jornada parcial y altas parciales del mes

En los contratos a tiempo parcial la base se calcula sobre la retribución realmente percibida, con un tope mínimo por hora en lugar del mínimo mensual. Cuando el alta o la baja se producen a mitad de mes, tanto la base como los topes se prorratean por días. La calculadora asume un contrato a jornada completa y un mes completo de alta.

Bases de cotización y pensión futura

La base de cotización no solo determina la cuota: también fija los derechos del trabajador. Las prestaciones por incapacidad temporal, desempleo y jubilación se calculan sobre las bases cotizadas, que no pasan de la base máxima. De ahí que los salarios altos coticen proporcionalmente menos, pero también generen prestaciones topadas.

Para ver cómo se traduce todo esto en euros, usa la calculadora o revisa la tabla de coste por salario.

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Fuentes y última comprobación

  • Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE-A-2026-7296): normas de cotización para 2026: bases máxima y mínimas (arts. 2 y 3), contingencias comunes (art. 4), horas extraordinarias (art. 5), MEI (art. 16), cuota de solidaridad (art. 17), cotización adicional de los contratos de menos de 30 días (art. 28) y desempleo, FOGASA y formación profesional (art. 33).
  • Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE-A-2026-3815): salario mínimo interprofesional para 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año).

Cifras comprobadas con el texto publicado en el BOE el .